Responsabilidad Civil

En nuestro país, el Código Civil nos dice que toda persona que causa un daño a otra está obligado a repararlo, independientemente que haya sido causado de forma voluntaria, por negligencia o por omisión.

El daño puede conllevar consecuencias penales, cuando la acción, omisión o negligencia está tipificada como delito, o consecuencias civiles cuando se entienda que no siendo delito, sea preciso reparar o reponer la situación anterior al daño o ambas.

La responsabilidad civil basa su fundamento en los artículos 1.902, 1.903 y siguientes del Código Civil:

 

El art. 1.902 de Código Civil establece: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia está obligado a reparar el daño causado”.

El art. 1.903 añade: “La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder.”

El seguro de responsabilidad civil consiste en trasladar a una compañía aseguradora la incertidumbre del coste que los daños producidos a terceros pueda suponer para la economía de una persona, ya sea física o jurídica, a cambio de un coste conocido, la prima.

En los términos, limites y condiciones pactados en las Condiciones Particulares, Especiales y Generales de la póliza, el asegurador toma a su cargo las indemnizaciones por responsabilidad civil extracontractual que en virtud de las disposiciones legales vigentes pudieran resultar a cargo del asegurado como consecuencia de daños materiales, personales y sus perjuicios directamente consecuenciales ocasionados a terceros durante la vigencia de la póliza, y que tengan su origen en la actividad descrita en las Condiciones Particulares de la Póliza.

Entre las principales garantías de una póliza de responsabilidad civil encontramos las siguientes:

  • RC Explotación
  • RC Patronal
  • RC Productos / Post- Trabajos
  • RC Cruzada
  • RC Locativa
  • RC Subsidiaria de Subcontratistas
  • RC Contaminación Accidental

El hecho de que alguien nos reclame, no quiere decir necesariamente que tenga razón o que el daño nos sea imputable, pero lo que es seguro es que deberemos defendernos.

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